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HOY Miércoles 16.07.2025

Padrón

Padrón Municipal.


 

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quien viva en más de un municipio se inscribirá únicamente en el que resida durante más tiempo al año.

 

Cuando se produzca un cambio de domicilio dentro del término municipal de Tarazona, el interesado debe solicitar la realización de dicho cambio en el Padrón.

Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados deben figurar empadronados en el domicilio de los padres que tengan su guarda o custodia, o representantes legales, salvo autorización por escrito de éstos para residir en otro domicilio.

En el caso de recién nacidos, el alta se realiza de oficio por el Ayuntamiento a través de la información facilitada por el Registro Civil, inscribiéndose al nacido en el domicilio en el que figuren empadronados ambos o uno de sus progenitores, dándose preferencia en este último caso al domicilio en el que figure inscrita la madre.

 

 El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio y realizar de oficio los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos consignados en su solicitud durante el plazo de TRES MESES desde la fecha en que ha sido formulada. Dicho plazo es el máximo para resolver el empadronamiento, (art. 42.3 Ley 30/1992, de 26 de Noviembre de RJ y PAC)

 

Es obligación de todos los vecinos comunicar al Ayuntamiento las variaciones en sus circunstancias personales, en la medida en que impliquen una modificación de los datos que deben figurar en le padrón municipal de habitantes con carácter obligatorio (art. 68 RD 1690/1986, del Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales).

 

Las falsedades u omisiones producidas, así como el incumplimiento de las demás obligaciones dimanantes de los preceptos relativos al empadronamiento serán sancionadas con multa, conforme a lo dispuesto en la la legislación de régimen local y normativa padronal.

 Tramites en Padrón:

  • Altas
  • Cambio de domicilio
  • Bajas

 

Normativas:

·Ley 7/1985, 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero.

·Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales (Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre)

 

 

Última actualización

Última actualización: 03/06/2025

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